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Ayudas Agencia IDEA para Teletrabajo

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27 Mar 2020
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: Noticias

El pasado 18 de marzo se publicó una Resolución por la que se amplía la disponibilidad presupuestaria de la Línea «e.1) de Transformación Digital de las PYME» para facilitar el teletrabajo en las PYMES y se modifica el plazo de presentación de solicitudes, actualizándose el crédito de la convocatoria. 

Los requisitos iniciales establecidos para poder optar a las subvenciones correspondientes son: 

1. El presupuesto mínimo de los proyectos a presentar en esta categoría es de 6.000 € (Sin IVA).

2. Los proyectos tendrán una subvención del 50% sobre los costes elegibles y serán otorgadas bajo el régimen de mínimis.

3. La intensidad máxima de la ayuda será de 75.000 €.

4. En estos proyectos se contemplarán como costes elegibles: la consultoría para el análisis de procesos y definición de las estrategias, la consultoría de implantación (adaptación de las herramientas a las necesidades de la pyme) y de capacitación del personal asociada a la implantación, la migración o carga de los datos significativos para que sea operativa, al menos en las funcionalidades básicas, el hardware y los costes de licencias informáticas de las herramientas o soluciones software necesarias.

5. Las inversiones (hardware y software) subvencionables deberán permanecer en las instalaciones de la empresa, no pudiendo incentivarse aquellas que estén localizadas o vayan a localizarse en las viviendas particulares de los empleados (los ordenadores portátiles o tabletas que siendo propiedad de la empresa  puedan ser utilizados por el personal tanto en la sede de la empresa como en otros lugares pueden ser subvencionables).

 

Las solicitudes para la obtención de las subvenciones deberán cumplimentarse telemáticamente con los medios electrónicos disponibles en la Oficina Virtual de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía: https://oficinavirtual.agenciaidea.es/

 

Las solicitudes se presentarán en el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, siendo obligatoria la presentación telemática de las mismas  con anterioridad a la compra o compromiso firme de compra de cualquiera de los elementos o servicios de que conste el proyecto, perdiendo, en otro caso, cualquier derecho a obtener una subvención por tratarse de un proyecto iniciado antes de presentar la solicitud de ayuda.

 

Más información para su correcta presentación:

1. Orden de 5 de junio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a las empresas para el desarrollo industrial.

2. La Guía para el acceso a la oficina virtual de IDEA.

3. La Guía para la tramitación de la solicitud.

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