¿Qué son las deducciones por I+D+i?

Las deducciones fiscales por I+D+I, recogidas en el Artículo 35 la Ley del Impuesto de Sociedades, reúnen las deducciones a realizar en las empresas en la cuota completa por proyectos y labores realizados en el ámbito de la investigación, el desarrollo y la innovación.

¿Cuáles son los porcentajes aplicables por la deducción?

El 30% de los gastos totales, y 10% adicional para gastos de personal investigador.

El 50% sobre el incremento del gasto sobre la media de 2 años anteriores.

El 15%de gastos de innovación asociados a encargos a OPIS, CITS y Universidades.

El 10% de adquisición tecnología, diseño y certificación ISO.

El 10% de la inversión en elementos de inmovilizado material o inmaterial.

Si los gastos en I+D+i sobrepasan el 10% de la cuota completa, la deducción se limita al 45 % de la misma, y en caso de no sobrepasarse, la deducción se limita al 35%.

Cabe destacar que, en el supuesto de no poder deducir por I+D+i el importe que dicha deducción permite, la Ley del Impuesto de Sociedades posibilita a las empresas la aplicación de este importe no deducido en las liquidaciones de los periodos impositivos posteriores.

Deducciones fiscales vs Bonificaciones de la Seguridad Social

Deducciones fiscales por I+D+i resulta más beneficiosas que las bonificaciones de la Seguridad Social por los trabajadores empleados exclusivamente a los proyectos de investigación y desarrollo.

De esta manera, en el caso de las bonificaciones, lo que se consigue es alrededor de un 16% del coste total del trabajador, mientras que en el caso de las deducciones por I+D+i el coste deducible se mueve entre el 8% y el 42% de los costes de una proyecto total.

La importancia de la certificación

Se hace muy importante, especialmente para las pymes, certificar las actividades y proyectos de I+D+i para obtener seguridad jurídica en las deducciones fiscales.

Y es que, a pesar de que proceder a la certificación no es un paso obligatorio, el contar con el visto bueno del Ministerio de Ciencia e Innovación, resulta más que favorable ante Hacienda a la hora de conseguir las deducciones.

Más información: Aselex.

Fuente: Aselex.